El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), informó la entrada en vigencia de la Normativa Técnica del Servicio de Transporte en Taxis, que regulará ese tipo de transporte en el país.
La misma está sustentada en la Resolución NT Núm.001-2021. Además, derivada del Reglamento de Transporte en Taxis Núm. 515-2021.
En cumplimiento de la Ley núm. 63-17, sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, responde a la necesidad de regular las operaciones del servicio de taxi de empresas tradicionales y plataformas tecnológicas.
Además, propicia las condiciones adecuadas para la calidad del servicio de taxis, el desarrollo de una movilidad segura.
La sostenible, eficiente y moderna, bajo los estándares técnicos y de seguridad vial que instruye la Ley 63-17.
Asimismo, será aplicable a todas las personas físicas y jurídicas que participen directa o indirectamente en la prestación del servicio en el país.
El estatuto legal, disponible también en el portal institucional www.intrant.gob.do, en la sección transparencia, surge para trazar las pautas y procesos a seguir para ofrecer el servicio.
Sin entrar en contradicción con la ley y consecuentemente, con la libre competencia del sector; y las normas básicas de seguridad vial.
INTRANT realiza consulta pública antes de lanzar Normativa Técnica del Servicio de Transporte en Taxis
Previo a la elaboración de la normativa, el INTRANT realizó una Consulta Pública en cumplimiento de la Ley que regula el transporte y su reglamento 515-21.
Con el objetivo de la población conozca los detalles de la propuesta y se hicieran los comentarios y sugerencias pertinentes.
La Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, faculta al INTRANT a evaluar, coordinar y ejecutar reglamentos sobre movilidad.
En cualquiera de sus modalidades, con el objetivo de custodiar el desarrollo y avance de un transporte local accesible y confiable.
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