octubre 7, 2024

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SB establece lineamientos a las entidades para la contratación de productos a través de canales digitales

 La Superintendencia de Bancos (SB) emitió la Circular SB: Núm. 011/22, que establece los lineamientos que las entidades de intermediación financiera (EIF) deberán cumplir para la vinculación de nuevos clientes a través de mecanismos semiautomatizados o automatizados, es decir, sin necesidad de que visiten sus oficinas.

Hasta ahora, la posibilidad de adquirir productos de manera remota solo existía para usuarios que ya contaban con otros productos en la entidad emisora. Con esta disposición, la SB abre las puertas para que los clientes potenciales que cumplan con los requerimientos legales establecidos también puedan contratar productos y servicios financieros mediante esta modalidad, ahorrando así tiempo, dinero y esfuerzo.

El onboarding digital supone una apuesta innovadora, que además incentiva la inclusión financierasin dejar de implementar mecanismos seguros para la identificación, verificación y autenticación del potencial cliente, de manera que se apliquen los niveles de seguridad equivalentes a un proceso presencial.

El ente supervisor enfatiza que las EIF deben realizar la correcta depuración de los potenciales clientes siguiendo los lineamientos establecidos en el Instructivo de Debida Diligencia, que fue revisado recientemente. Entre otros cambios, en esa revisión se incorporó la posibilidad de que los prestadores abran cuentas de manera remota.

Este paso procura el alcance de los objetivos estratégicos institucionales de ampliar la provisión de los servicios financieros a través del uso de nuevos canales y tecnologías, y apoya la Agenda Digital 2030 que impulsa el gobierno encabezado por el presidente Luis Abinader.