De cara a la celebración de las elecciones municipales de este 18 de febrero, la Junta Central Electoral, dio a conocer las prohibiciones y restricciones a las que deben acogerse los ciudadanos e instituciones públicas o privadas, en conformidad con la ley.
Desde el pasado 10 de febrero quedó prohibida la publicación y difusión de sondeos o encuestas electorales.
A partir del jueves 15 de febrero, no se permite realizar actos de proselitismo, espectáculos públicos, manifestaciones o reuniones públicas de carácter político, incitaciones, propaganda electoral por la prensa radial, televisiva, avisos, carteles, telones y otros medios similares.
Asimismo, no estará permitido el expendio y distribución de bebidas alcohólicas, 24 horas antes de los comicios y 12 horas después al cierre de votaciones, exceptuando instituciones hoteleras que se encuentran ubicadas en zonas turísticas, así como también en otras localidades del país.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral establece en su artículo 229 que este domingo no será laborable en el territorio nacional, pero en el caso de los trabajos que no puedan ser suspendidos, los empleadores estarán obligados a flexibilizar los horarios de sus trabajadores hábiles para votar para que pueden participar de los comicios.

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