La lista de productos permitidos. De hecho, siguen las mismas restricciones, según la Dirección General de Aduanas (DGA).
Aduanas recordó que solo se aplicará una gracia por familia y que ésta no incluye vehículos de motor de ningún tipo, armas de fuego y aquellas mercancías consideradas materia prima industrial o agrícola, incluyendo combustibles o sus derivados.
Lo que sí se puede traer son artículos para el hogar, aunque en cantidades limitadas, es decir, que no se permitirá compras para comercializar.
- Artículos para el hogar (estufas, neveras, muebles, licuadoras, lavadores, aires acondicionados, entre otros ajuares).
- Ropa.
- Computadoras.
- Celulares.
- Perfumes.
- Productos de belleza.
Tomando en cuenta lo anterior, los electrodomésticos y otros enseres para el hogar son los productos que más podrían llegar a los puertos dominicanos como regalo por parte de la diáspora.
¿Cómo acogerse a la facilidad?
En ese sentido, para acogerse a esta facilidad, las personas residentes en el exterior, consignatarias de envíos, deberán presentarse a las administraciones aduaneras (colecturías) correspondientes con su pasaporte, facturas de compras, pase de abordar y cualquier otro documento que demuestre que tiene más de seis (6) meses sin ingresar al país. La medida será aplicada siempre y cuando el ingreso de la mercancía haya sucedido en el periodo establecido para la gracia navideña.
Es decir, que la diferencia con resoluciones de años anteriores es solamente el monto, las disposiciones y prohibiciones siguen siendo las mismas que se establecen en la ley 9-96, que crea este beneficio.

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