El consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, aclaró que el presidente de la República puede inaugurar obras públicas en la presente etapa de la campaña y que la prohibición establecida en la Ley Electoral por el momento aplica para los alcaldes.
El presidente Luis Abinader tiene en su agenda de hoy «participar» en dos inauguraciones y en una entrega de títulos en Santo Domingo Este, algo que ha sido criticado por José Dantés, secretario Jurídico del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
El artículo 210 de la Ley Electoral establece: «Está prohibido durante los 40 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios municipales y 60 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios presidenciales y congresuales, la realización de actos inaugurales de obras públicas por el Gobierno central y las alcaldías».

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